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Septiembre 2010

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Septiembre se caracteriza por ser el mes de empezar a planificar el último trimestre del año y, además, de retomar los temas que quedaron pendientes antes de las vacaciones. Este año, más que nunca, ya que al regreso del merecido descanso estival deberemos afrontar la controvertida reforma laboral que se hallaba en fase de enmiendas en el momento de cerrar la información de esta revista.

Por tal motivo, el artículo principal de este mes está reservado al ¿Estudio de Urgencia¿ de las principales novedades que se han producido como consecuencia de la publicación en el BOE del pasado 17 de junio, del Real Decreto-Ley 10/2010, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, convalidado el día 22 en el Congreso, y cuya entrada en vigor se produjo el 18 de junio. Tras más de dos años de infructuoso ¿diálogo social¿ entre los representantes de la patronal y de los sindicatos más representativos, finalmente el Gobierno ha tenido que implementar en solitario la tan necesaria, y requerida desde múltiples foros, Reforma Laboral. No obstante, como ya indicamos, los comentarios se refieren al texto normativo de este Decreto y deben aplicarse con prudencia, en el caso de haber sufrido alguna modificación posterior desde que se escribieron.

Ya en el ámbito tributario, presentamos la incidencia de la fiscalidad en las cuentas anuales. La modificación operada, en el ámbito contable, por la Ley 16/2007 comportó, aun de forma indeseada, una modificación en la determinación de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, alejándose así del criterio expresamente indicado por el legislador que pretendía una neutralidad en el Impuesto. Las Cuentas Anuales de las sociedades deben reflejar tales incidencias por dos motivos: para dar cumplimiento a la Ley y, en consecuencia, para reflejar la imagen fiel de la empresa en cada momento.

Las Cuentas Anuales también son objeto de nuestro comentario en materia mercantil, donde abordamos las cuestiones relacionadas con ellas en este ámbito, y es que con cierta frecuencia en los procesos de impugnación de los acuerdos sociales de aprobación de las Cuentas Anuales se suele recurrir a cuestiones de carácter formal, alejadas del ámbito propio de la información contable, para alcanzar a otro tipo de cuestiones de carácter puramente jurídico. Resulta sorprendente que la Junta General no apruebe, o que algún socio impugne, el acuerdo alcanzado en el seno de ésta en relación a las Cuentas Anuales, por cuestiones alejadas de lo estrictamente contable, que es lo que, en definitiva, se somete a la aprobación de la Junta.

Para finalizar, en nuestra sección sobre contabilidad tratamos las Normas de Valoración del inmovilizado material. En este artículo se analizan dichas normas así como las dificultades que podemos encontrar en su aplicación. En concreto, se comentan los costes por desmantelamiento o retiro, capitalización de los gastos financieros y las correcciones valorativas por deterioro, debiendo tener en cuenta que la dificultad de la valoración del inmovilizado material no radica en el registro contable de las operaciones, sino en la dificultad de realizar unas estimaciones acertadas en cuanto a las tasas de descuento, valores razonables, costes de venta, valores en uso y costes de desmantelamiento futuros.

Como siempre, nuestro propósito es que estos comentarios le sean de utilidad y, una vez más, le invitamos a consultarnos cualquier duda o consulta que precise, acudiendo a nuestro despacho donde le atenderemos muy gustosamente.

INGARAS, S.L. Auditoría y Asesoría de empresas Calle Sorní, 7, 10ª 46004 Valencia Teléfono 963 252 041 Fax 963 324 965 contacto@ingaras.es