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Septiembre 2009

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Ejemplo: "Obligaciones del empresario"

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UNO DE CADA TRES CONTRATOS FIJOS DE 2008 INDEMNIZA CON 33 DÍAS POR AÑO

    De los casi dos millones de contratos indefinidos que se firmaron en 2008, un total de 575.201 fueron de la modalidad de fomento del empleo indefinido, que tienen una indemnización por despido con 33 días por año trabajado y un máximo de 24 mensualidades, más barata que la de los contratos fijos ordinarios (45 días por año con 42 mensualidades de tope). Esto supone que apenas un tercio de los contratos fijos se acogieron a esta modalidad.

    El Gobierno recuerda que existe un elevado colectivo de trabajadores a los que la ley no permite hacer este tipo de contra-to. En concreto los que tienen entre 30 y 45 años, salvo si son mujeres desempleadas de larga duración, discapacitados o mujeres contratadas en sectores donde están subrepresentadas.

    (Cinco Días, 2-6-2009)

LAS EMPRESAS ESPAÑOLAS APUESTAN POR EL LIBRE MERCADO FRENTE A LA CRISIS

    El presidente de la Confederación Empresarial de Madrid, aseguró que pese a los efectos de la crisis, España es una nación europea plenamente abierta al mundo y espera encontrar esa misma apertura en los demás mercados. "Ha llegado la crisis, pero la actitud de los empresarios españoles no ha variado: no estamos dispuestos a caer en la tentación del proteccionismo", aseveró.

    Destacó que mientras otros sectores propugnan por una revisión completa del orden económico internacional, los empresarios españoles consideran que la solución estriba en reforzar las instituciones y no en volver a fragmentar el mercado mundial.

    (Efe, 29-5-2009)

EL 30% DE LAS EMPRESAS NO HABRÍA ENTRADO EN CONCURSO SI HUBIERA ACUDIDO AL ARBITRAJE

    Este sistema permite adelantar casi 300 días el cobro de las deudas frente a los retrasos de 467 días que registra la Justicia ordinaria, según explicó la Asociación Europea de Arbitraje (Aeade) en un comunicado.

    El 90% de las empresas usuarias de este mecanismo lo utilizan por la rapidez de la obtención del laudo arbitral frente a la tardanza de las sentencias firmes del sistema judicial, según datos de Aeade.

    La media de resolución de los conflictos arbitrales en 2009 está siendo de menos de cuatro meses y de seis meses en los casos de más complejidad, frente a los cerca de tres años de la Justicia ordinaria.

    Según Aeade, el temor de los empresarios a no cobrar las deudas ha subido significativamente, y la confianza en cobrarlas cuando el deudor está en concurso es prácticamente nula.

    (Europa Press, 28-5-2009)

HACIENDA PERMITE DEDUCIR COMO VIVIENDA UN LOCAL COMERCIAL O NAVE INDUSTRIAL SI EL DUEÑO VIVE ALLÍ

    Mientras que el Gobierno anuncia la supresión de los incentivos a la compra de viviendas, la Dirección General de Tributos abre la mano para que más contribuyentes usen esta ayuda.

    Así, según figura en la respuesta fechada el pasado 23 de marzo, los contribuyentes pueden deducirse como si fuese vivienda habitual un local comercial o nave industrial si demuestran que realmente viven en ese inmueble.

    El texto de Hacienda no deja ningún lugar a dudas. El documento responde a la «posibilidad de considerar el local como vivienda habitual, y permitir acogerse a la exención por reinversión en vivienda habitual, así como practicar la deducción por inversión en vivienda habitual».

    Y la respuesta es clara: «Si la consultante destinara dicho local o espacio a residencia habitual, al estar o haberlo acondicionado como vivienda, podrá disfrutar de cuantos beneficios fiscales establece el IRPF para las viviendas habituales con carácter general, con los mismos requisitos, condiciones y limitaciones».

    (Expansión, 21-5-2009)

LA ODISEA PARA RECUPERAR EL IVA TERMINARÁ EN 2010

    Recuperar el IVA soportado por una empresa europea en otro Estado miembro es, hoy por hoy, un trámite que requiere una importante dosis de paciencia. Un ejemplo práctico: un empresario español viaja a París -donde su compañía no tiene ningún establecimiento permanente- para cerrar un negocio. Durante su estancia, consume e incurre en gastos y, por lo tanto, soporta un IVA que es deducible. Sin embargo, para obtener la devolución, debe dirigirse a la Hacienda francesa y cumplimentar los impresos en francés.

    Si bien algunas agencias tributarias cuentan con buenos programas informáticos, otras aún utilizan el papel carbón. Conclusión: más de un empresario opta, si el IVA soportado en otro país de la UE no es muy cuantioso, por renunciar a la devolución debido a los intrincados trámites que conlleva.

    Esta situación terminará, al menos ese es el objetivo, a partir del próximo uno de enero, cuando entre en vigor la Directiva que establece las reglas para recuperar las cuotas soportadas en países terceros. El empresario español que soporte IVA en cualquier Estado miembro podrá reclamar su devolución a la Agencia Tributaria española y será ésta, quien se coordinará con sus homólogas europeas para tramitar la deducción.

    (Cinco Días, 20-5-2009)

LA JUSTICIA DESMONTA EN UN MES PARTE DE LA REFORMA CONCURSAL DEL GOBIERNO

    La primera resolución judicial conocida que aplica la reforma concursal aprobada por el Gobierno en el Real Decreto Ley 3/2009 y que entró en vigor el 1 de abril ha caído como un jarro de agua fría a las empresas y dificultará la labor de los abogados especializados en este terreno.

    El juez mercantil de Granada, en un auto de 11 de mayo de 2009, ha decidido inadmitir la comunicación previa del inicio de negociaciones para lograr adhesiones a una propuesta anticipada de convenio simplemente porque no se aportó una ¿prueba¿ del estado de insolvencia actual de quien lo pedía, el avalista personal de dos empresas concursadas.

    En este caso, el juez ha evaluado la corrección de la solicitud o comunicación previa presentada por una persona física (avalista de dos compañías en concurso) que se confesaba en estado de insolvencia actual. Sin embargo, ha inadmitido la comunicación previa porque, dice, ¿no se entiende suficiente la justificación presentada sobre el estado de insolvencia actual del solicitante¿. A juicio del magistrado, lo que planteaba el solicitante ¿no alude a una insolvencia actual, sino a lo sumo inminente, y en todo caso es precisa la justificación de la concurrencia del estado de insolvencia al que alude el artículo 2 de la Ley Concursal, pues así lo dispone el nuevo artículo 5.3¿.

    (Expansión, 19-5-2009)

LA OIT VE COMO UN «GRAN ESFUERZO» LAS MEDIDAS CONTRA EL PARO DEL GOBIERNO Y AUGURA RESULTADOS PRONTO

    El director de la oficina en España de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), calificó como un "gran esfuerzo" las medidas para luchar contra el desempleo anunciadas por el Gobierno español.

    "El Gobierno ha puesto en marcha doce paquetes de medidas que suponen entre el 3% y 4% del PIB, lo que demuestra un gran esfuerzo por su parte, y en los próximos meses podrán verse los resultados", manifestó.

    Asimismo, subrayó el papel importante de España dentro de la OIT como el estado que más convenios ha ratificado y el quinto miembro que más contribuye en aportaciones extraordinarias.

    En cuanto a la incorporación de inmigrantes al mercado laboral, afirmó que la OIT trabaja de forma prioritaria en la formación de trabajadores en sus países de origen para que puedan llegar a sus países de destino con contratos trabajo y en condiciones laborales dignas.

    (Europa Press, 15-5-2009)

ASNEPA DICE QUE CASI 2 MILLONES DE AUTÓNOMOS QUEDARÁN FUERA DE LA REBAJA DEL I.S.

    Según la Asociación Nacional de Empresarios y Profesionales Autónomos (Asnepa), casi dos millones de trabajadores por cuenta propia quedarán excluidos de la rebaja de 5 puntos del I.S. durante tres años para pymes y autónomos anunciada por el presidente del Gobierno.

    Desde Asnepa, reiteraron la "obligada necesidad" de que el Presidente y su Ejecutivo adopten las medidas necesarias para beneficiar a todo el colectivo de autónomos "sin exclusión". Así, destacó que los autónomos, que aún hoy siguen sin derecho a paro, son los "grandes perjudicados" de esta crisis económica.

    Por esta razón, el presidente de Asnepa, afirmó que no sólo hay que rebajar impuestos, sino que que hay que permitir el aplazamiento del pago de la cuota del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, así como capitalizar el 100% del pago único de la prestación por desempleo. Con todo, Asnepa aplaude que esta rebaja impositiva beneficie a los autónomos con forma jurídica societaria.

    (Europa Press, 13-5-2008)

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